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La CDA del ACA se puso a disposición de Balcarce para avanzar en la recuperación del autódromo Juan Manuel Fangio
Mediante un comunicado, la CDA del ACA confirmó su intención de colaborar con la Municipalidad de Balcarce en los trabajos dentro del circuito.
- La Secretaria de Obras Públicas del municipio se declaró incompetente para seguir adelante con las tareas necesarias.
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La Comisión Deportiva Automovilística (CDA) del Automóvil Club Argentino (ACA) emitió un comunicado de prensa en sus redes sociales donde informó que remitió una carta institucional al Intendente de Balcarce, Dr. Esteban Reino, para ponerse a disposición del municipio y aportar su personal técnico para lo que es la puesta en valor del autódromo Juan Manuel Fangio.
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La misiva de la institución liderada por Eduardo Baca se da en el marco del conocimiento del Decreto Municipal nro 4336 que se publicó el pasado 22 de diciembre y donde la Secretaria de Obras Públicas balcarceña se declara incompetente para realizar los trabajos necesarios para dejar en condiciones el trazado serrano, el cual lleva un tiempo en obra desde que en mayo de 2023 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires firmará un convenio con las autoridades locales para la modernización del escenario.
“La CDA del ACA reafirma su plena voluntad de acompañar y colaborar activamente en el proceso de recuperación y remodelación del Autódromo Juan Manuel Fangio de Balcarce, poniendo a disposición su estructura técnica y su experiencia de trabajo directo con la FIA”, señala el ente fiscalizador en sus redes sociales.
¿Qué dice el Decreto Municipal 4336?
El documento público señala que la Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos presentó un informe que sintetiza todas las actuaciones que se llevaron a cabo desde 2016 a la fecha e indica que para lograr la habilitación del autódromo mediante los organismos competentes se necesita la presentación de documentos y proyectos técnicos en distintos aspectos.
En esta línea, la Secretaria en cuestión “ha manifestado expresamente que la Municipalidad de Balcarce no cuenta en su plantel permanente con profesionales que posean la especialidad técnica requerida para la realización de las tareas antes descriptas”.
Y agrega “que, en consecuencia, corresponde declarar la incompetencia técnica de dicha Secretaría para intervenir directamente en la ejecución de las tareas antes mencionadas, en los términos previstos por el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el cual autoriza la contratación de un profesional cuando la naturaleza de las funciones exceda la capacidad técnica del personal de planta”
“Que la declaración de incompetencia constituye un recaudo previo y necesario para eventual adopción de decisiones administrativas posteriores”.
